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El Tribunal Supremo prohíbe a Bacardí importar su marca en régimen de monopolio

El resto de comercializadores podrá usar la misma etiqueta en España a un precio un 20% inferior

La empresa Bacardí, primer productor mundial de ron, ha perdido el monopolio de su marca para la importación en España. El Tribunal Supremo ha desestimado un recurso presentado por Bacardí contra los importadores de ron de la misma marca, lo que abre la competencia entre las grandes importadoras de ron desde países que no pertenecen a la UE. El fallo puede reducir el peso de Bacardí en el mercado nacional del ron mientras que, indirectamente, tiene efectos favorables para otras empresas, entre ellas su gran competidora, Pernod, importador de Havana Club.

Los herederos de Facundo Bacardí, el azucarero de Sitges que fundo hace 170 años la empresa de ron en Cuba, han perdido una batalla importante en el llamado mercado de la copa. Bacardí, que controla el 70% del mercado mundial del ron y el 50% del español, no podrá ser el único importador de su propia marca desde las empresas destileras, situadas en México y Costa Rica.

Según esta sentencia, otras compañías podrán también importar ron con la denominación Bacardí adquirido a bajo precio en países terceros. De este modo, saldrá favorecido el consumidor final ya que las importadoras podrán aplicar un margen inferior en un 20% respecto a los productos Bacardí que hoy se comercializan.

Algunos de los numerosos accionistas de Bacardí, que pertenecen a la tercera generación, están vinculados a la Fundación Nacional Cubano Americana, con sede en Miami (Estados Unidos) de marcado carácter anticastrista. Frente a Bacardí se encuentra, precisamente, su principal competidor, la empresa Pernod Ricard, importador del Havana Club, una marca que simboliza al actual régimen cubano en los mercados de todo el mundo. Pernod Ricard presentó hace tres años una demanda por abuso de posición dominante contra Bacardí al Tribunal de Defensa de la Competencia, aunque el procedimiento no prosperó.

Ahora, sin tener vinculación alguna con el recurso desestimado por el Supremo, Havana Club resulta moralmente vencedor en la medida en que el auto judicial perjudica los 'intereses y el dominio de Bacardí en el mercado nacional', señalan fuentes del sector.

El fallo del Supremo es contrario a una sentencia anterior del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas con sede en Luxemburgo, según la cual, 'ningún Estado miembro puede legislar sobre importaciones paralelas'. Aquella sentencia permitió a la empresa francesa Silhouette bloquear las importaciones de su marca realizadas por sus competidores. El tribunal europeo condiciona las decisiones de las cortes nacionales de cualquier país miembro, 'lo que equivale a decir que el fallo del Supremo, sobre las importaciones de la marca Bacardí, nace muerto y no tendrá validez', según un representante legal de la empresa licorera.

10 años de litigio

El litigio que se mantiene por la marca Bacardí comenzó hace 10 años tras denunciar los representantes de esta empresa a los importadores de ron con la misma marca. En la sentencia del Supremo, de fecha 28 de septiembre, consta que Bacardí España presentó demanda en 1991 contra las compañías mercantiles Destilerías de Urgel, SA; Plandiura y Carreras, SA, y otras sociedades importadoras de ron blanco, marca Bacardí, desde México. La licorera también alegaba que la importación de ron blanco con la marca Bacardí desde México a España infringía su derecho de exclusiva para la producción y venta de esta bebida en España.

La sentencia del Supremo es contraria al llamado derecho de marca, que protege de la competencia a los grandes fabricantes. El tribunal considera legales las importaciones paralelas de bebidas extracomunitarias y sienta jurisprudencia para todos los casos similares en los mercados de bebidas, tabaco y perfumería.

El proceso de Bacardí se inició en el Juzgado de Primera Instancia número 11 de Barcelona, que en 1994 dictó sentencia estimando en parte la primera demanda de la empresa. Posteriormente, sus competidores interpusieron recursos de apelación a la Audiencia Provincial de Barcelona y, finalmente, Bacardí presentó al Supremo un último recurso que ha sido desestimado.

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